Bajo la lupa

La economía de las Apps

Un análisis del fenómeno de las aplicaciones de delivery que operan en el país
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29-04-2021
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Desde 2018 que existe una alianza entre los restaurantes y las plataformas de envío. Buena parte de la sociedad comenzó a pedir comida a domicilio, abonando un "micropago" que percibe un repartidor que, en menos de 40 minutos, promete llegar al hogar.

En esa línea, los propios ciclistas empezaron a quejarse por ser los peones de la llamada Gig Economy o "economía de la changa". Se trata de modalidades que permiten una salida laboral casi inmediata, aunque son estructuras que ofrecen trabajar de manera precaria. Lo único que se necesita es estar inscripto como autónomo para poder facturar por el servicio.

Estar en las aplicaciones implica un costo más para los restaurantes, ya que todas se llevan comisiones de entre 15% y 30% por cada una de las ventas. El porcentaje no es fijo, sino que se acuerda entre las aplicaciones y cada restaurante en función de varios parámetros. En Rappi está entre el 20% y el 25%. Uber Eats, por su parte, se lleva entre el 25% y el 30% de cada pedido.

Al respecto, la Asociación Fabricantes Artesanales de Helados y Afines (Afadhya) explica que de la venta de un kilo de helado por un monto de $700, la aplicación de envío cobra 25%+IVA ($221,70), a lo que se le debe restar el IVA del ticket final ($122). Por lo tanto, el importe que recibe el heladero es $366,30.

En el caso de una pizza, sobre un precio de $500, hay que restar el IVA ($105), la comisión de la app de 25%+IVA ($151,25) y el importe que recibe el pizzero es de $243,75. “De este monto hay que descontar los costos de alquiler, empleados, materias primas, servicios e impuestos nacionales, provinciales y municipales.

Al completar el pedido, el repartidor gana el costo de envío, que dependiendo de la distancia y tipo de pedido varía entre $40 y $60, más la propina que decida dejar el cliente, que es opcional.

 

Debate

Debido a la poca regulación que existe para este tipo de trabajadores, repartidores de estas aplicaciones llegaron hasta convocar a una huelga en Argentina, Ecuador, Guatemala, Costa Rica, Perú y España para visibilizar su precarización. Como consignas, exigieron 100% de aumento del pago por pedido, elementos de seguridad e higiene apropiados contra el covid-19 y cobertura frente a los accidentes, ya que no poseen una ART.

Particularmente, en Argentina cobran como monotributistas y previo envío de la factura. Reclaman ser tratados como empleados y gozar de beneficios básicos que consagra la Ley de Contrato de Trabajo.

En relación a esta problemática, el abogado laborista Santiago Cestari afirma que: "El monotributo es casi un impuesto al trabajo que prácticamente no ofrece derechos laborales, mientras que la relación de dependencia es exactamente lo opuesto".

Por otro lado, a principios de marzo, antes del aislamiento preventivo, el Gobierno nacional había impulsado un proyecto para regular la situación laboral de 160.000 personas que trabajan como repartidores de plataformas digitales. La iniciativa en sí no plantea una modificación de la Ley de Contrato de Trabajo sino, más bien, la creación de un estatuto específico para esta nueva forma de empleo.

Otro aspecto que destacan los especialistas como importante es el encuadre gremial. En otras palabras, de qué sindicato formarían parte. El problema, dicen los especialistas, es que si el proyecto del Gobierno va por un estatuto especial, es decir, plena relación de dependencia que destruye a estas compañías, subirán los costos no solo para las empresas, sino que también los repartidores verían sus ganancias mermar.

Para Cesatri, el proyecto de ley debe ser considerado y discutido con el fin de llegar a un equilibrio aceptable, ya que si la ley es aprobada tal como está planteada, estas empresas dejaría muchos desempleados.

Dentro del ámbito de los abogados laboralistas se calcula que la cifra total asciende a más de 350.000 personas, número mucho más alto a las cifras oficiales de las distintas aplicaciones.

Lo que algunos especialistas sostienen es que en Argentina lo que se necesita es un decreto que excluya a las aplicaciones de la Ley del Contrato de Trabajo, que sostenga que la lógica de trabajo forma parte del fuero civil y comercial.